Miguel Izu
Leo a Miguel Izu y tengo la sensación de que escribe, con mejor tino y brillantez, lo que a mí me gustaría opinar sobre temas trascendentales de la política y de Izquierda Unida. Su visión sobre nuestra crisis, escrita en una serie de artículos (El futuro de IU I, II, III y IV) me parece de lo más acertado que he leído en esta "primavera de manifiestos".
Sobre el Plan Ibarretxe y su consulta, Miguel lo tiene claro y acierta al tildarlo de bodrio. Os dejo el enlace a su magnífico artículo, y lo pego aquí por si eres perezoso/a.
LA CONSULTA
Me refiero, cómo no, a la que pretende realizar el Gobierno Vasco y para cuyo impulso ha aprobado un “Proyecto de Ley de Convocatoria y Regulación de una Consulta Popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política”. Una vez leído el texto no tengo más remedio que concluir que estamos ante un bodrio jurídico y un despropósito político.
Bodrio (DRAE, “cosa mal hecha”) jurídico en cuanto la técnica normativa empleada resulta absolutamente deficiente. Se presenta la ley en su artículo único como de autorización para que el Lehendakari convoque una consulta; pero es la propia ley la que materialmente hace la convocatoria, señalando la fecha, el calendario electoral, las preguntas y hasta el modelo de papeleta. No deja espacio alguno para el acto de convocatoria; incluso dice que “se tendrá por convocada por el Lehendakari el día 15 de septiembre de 2008”. El Lehendakari lo mismo puede irse de vacaciones porque la convocatoria en realidad la hace el Parlamento al aprobar (si es que se aprueba) la ley.
La enrevesada formulación de las preguntas supone que la consulta carece de objeto determinado. Como dicen el artículo 92 de la Constitución y el sentido común se pueden someter a referéndum “decisiones políticas de especial trascendencia”. Esa decisión puede ser la aprobación de una ley, una reforma constitucional, una medida de gobierno, a nivel local el cambio de la fecha de las fiestas patronales. ¿Cuál es la decisión que se somete aquí a consulta? Ninguna. Se pregunta si “está Usted de acuerdo en apoyar un proceso de final dialogado de la violencia”. Se podría contestar a la gallega: ¿apoyar a quién? Una posible respuesta afirmativa carece de sujeto a quien obligue (aunque sea políticamente, no jurídicamente, como el propio proyecto ya explica). Los antecedentes de la pregunta, el pacto de Ajuria-Enea o la resolución del Congreso de mayo de 2005, dejaban claro que el compromiso era asumido por los partidos políticos que los suscribían y que el diálogo correspondía “a los poderes competentes del Estado”. Aquí no se sabe si hay alguien comprometido a nada. Dado que la consulta se realiza en ámbito autonómico, podría pensarse que será el Gobierno Vasco como su promotor el obligado. ¿A qué? Ese proceso de final dialogado de la violencia escapa a su capacidad de actuación; ni tiene las competencias precisas en materia penal, penitenciaria o incluso de relaciones internacionales para ello, ni puede actuar fuera de su territorio, donde también existe la violencia de ETA (¿tendría que quedar Navarra o cualquier otra Comunidad Autónoma excluida del proceso, ya que a sus ciudadanos no se les consulta?). Y otra repregunta: ¿dialogar para qué? “Si previamente ETA manifiesta de forma inequívoca su voluntad de poner fin a la misma de una vez y para siempre”, ya estamos en el final de la violencia, sin necesidad de diálogo ni proceso alguno. Y si la aplicación de la voluntad de la ciudadanía consultada depende de la decisión de ETA, apaga y vámonos.
La segunda pregunta también adolece de falta de sujetos aptos para ser comprometidos por la respuesta, sea esta afirmativa o negativa. Estar de acuerdo en que los partidos vascos, sin exclusiones, inicien un proceso de negociación es perfectamente irrelevante. Los partidos negociarán si quieren y si no quieren no lo harán, están en su derecho y ni el Gobierno ni el Parlamento Vasco son quiénes para, a través de una consulta, presionarles para que lo hagan. Y si quieren negociar tampoco están obligados a llegar a un acuerdo, y mucho menos en la fecha fijada por el proyecto de ley, antes de final de 2010; y aunque llegaran, un acuerdo entre partidos no es un objeto susceptible de someterse a referéndum. Repitamos; lo que debe someterse a referéndum es una decisión política, lógicamente adoptada por el órgano competente, sea un gobierno o un parlamento, que pueda quedar obligado (política o jurídicamente) por la voluntad mayoritaria del electorado. Que los partidos negocien y lleguen a acuerdos es bueno; que se les pretenda imponer por ley la obligación de negociar con objeto y plazo determinado resulta poco democrático.
Aparte de la pésima técnica normativa, el principal problema del proyecto es su nítida inconstitucionalidad por entrar a regular una materia sobre la cual el Parlamento Vasco carece de competencia. Se pretende salvar la cuestión afirmando en la exposición de motivos de que no se trata de un referéndum y al no ser jurídicamente vinculante se trata de una simple consulta que no necesita autorización del Estado. Como dice el aforismo jurídico, las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son. El referéndum, en el ordenamiento constitucional, tampoco es siempre vinculante. Entre las modalidades de referéndum reguladas por la Ley Orgánica que el Gobierno Vasco dice no ser aplicable está el consultivo. Llamar consulta a lo que se pretende hacer no cambia las cosas; la Constitución también habla de “consultas populares por vía de referéndum”. Y cuando en la disposición adicional del proyecto de ley se somete la consulta a las mismas normas que rigen los procesos electorales, la misma Administración electoral, el mismo censo, el mismo procedimiento, o sea, en realidad al mismo régimen que la Ley Orgánica cuya aplicación se pretende formalmente evitar, lo que se está haciendo es organizar un referéndum, se le llame como se le llame. Cerrar los ojos y pretender que lo que no se ve ya no existe es una actitud infantil. La Comunidad Autónoma carece de competencia para convocar el referéndum. Otra cosa es si sería bueno que la tuviera; pero no la tiene.
El despropósito político viene del lado de que el Gobierno Vasco debiera saber (y si no lo sabe, peor) que esta consulta no puede celebrarse. Porque o bien faltará la mayoría suficiente en el Parlamento Vasco, o bien se parará en el Tribunal Constitucional ante su más que evidente inadecuación a la Constitución y al Estatuto de Autonomía. Con lo cual encastillarse en afirmaciones de que consultar es bueno, de que la consulta es legal, de que no hay motivos para votar contra ella, o en el puro victimismo frente a la cerrazón del Gobierno central, no es sino engañar a la ciudadanía.
La convocatoria de la consulta, tal como están las cosas, no contribuye a ofrecer soluciones, ni negociación, ni acuerdo, ni normalización. Sólo ayuda a profundizar la división entre las fuerzas políticas vascas y el enfrentamiento entre las instituciones autonómicas y las estatales. Su oportunidad política es nula, salvo que se analice desde el punto de vista partidista y electoral. Sólo en este ámbito y como huída hacia delante del Lehendakari puede explicarse, y por ello me cuesta mucho entender el seguidismo de Ezker Batua, salvo como efecto de la atracción hacia abismo.





2 Junio 2008 a las 1:57
Realmente merece la pena.
En fin, la que nos espera…